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Riesgos asumidos

  • Importador
    En un crédito documentario el pago se efectúa contra documentos conformes, y no existe la posibilidad de no efectuar el pago en caso de mercancía defectuosa. Hay que tener claro que en un crédito las entidades financieras revisan documentos, nunca mercancía. (Art. 5 de las UPC 600)

  • Exportador
    Debe cumplir todas las condiciones del crédito, por lo que su claridad y previa negociación es básica. De no hacerlo así, la garantía de cobro desaparece y pone en manos del importador que éste efectúe el pago o no.

  • Banco emisor

    • Riesgo operativo producido por la correcta interpretación de las instrucciones recibidas del ordenante.
    • Riesgo puro, ya que el banco emisor desde el momento de apertura del crédito se compromete a realizar el pago

  • Banco receptor
    Cualquier error en la revisión de la documentación puede hacer que el banco emisor o el ordenante rechacen el pago de unos documentos que cuando los revisó, dio por conformes.


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