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Confirmado

Hemos visto que por el hecho de emitir un crédito documentario, el banco emisor se compromete al pago siempre que se presenten documentos conformes. Si además el crédito es confirmado por el banco receptor, el proveedor tendrá una garantía extra por parte de su banco. Si presenta los documentos conformes, tendrá garantizado el cobro una vez que presenta los documentos en su banco.

El beneficiario de un crédito documentario, es decir el exportador, debe valorar si le compensa pagar las comisiones que se derivan del servicio de confirmación, valorando las características del país y del banco del importador. Si el exportador considera que el país y el banco emisor le otorgan confianza suficiente para tener garantizado el cobro, no sería necesario que el crédito fuera confirmado.


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