
¿Acabas de alquilar una vivienda y no sabes si es obligatorio el seguro de hogar para inquilino? En ese caso has llegado al lugar indicado, porque en Cajamar te vamos a contar todo lo que debes saber acerca de esta modalidad de seguro.
El seguro de hogar para inquilinos es una póliza que cubre los daños de una vivienda que haya podido ocasionar la persona alquilada, que tiene como coberturas más importantes la responsabilidad civil, así como aquellas que están destinadas a proteger el mobiliario y los bienes materiales.
Un seguro de inquilino cubre al arrendatario mediante unas protecciones básicas en el interior y exterior de la vivienda, pudiendo añadir una serie de coberturas adicionales.
La respuesta es no, no es obligatorio que el inquilino haga un seguro, aunque sí altamente recomendable, no tanto por el continente, que ya estaría protegido con el seguro de hogar contratado por el propietario, pero sí por el contenido.
El seguro de inquilino se encarga de proteger los bienes personales del arrendatario, de ahí que sea altamente recomendable, especialmente cuando se tienen bienes personales de gran valor, ya que este tipo de seguro proporcionará una gran tranquilidad, sabiendo que estará totalmente protegido en caso de que ocurriese cualquier siniestro, como un robo, una inundación o un incendio.
Así mismo, contratar un seguro para inquilinos es aún más aconsejable si el propietario no tiene la vivienda asegurada, algo que únicamente es obligatorio si está sujeta a hipoteca. Por ello, antes de firmar el contrato de alquiler deberías asegurarte de si la vivienda está o no asegurada.
Más allá de tener protegidos todos tus bienes personales que se encuentren en el interior del inmueble, un seguro de hogar para inquilino te ayuda a mantener la vivienda en buen estado y a devolverla en las mismas condiciones, una responsabilidad que estará firmada por contrato y, que de no cumplir con ella, deberías pagar una indemnización.
En definitiva, contratar un seguro de vivienda para inquilino te aportará una gran tranquilidad, sabiendo que estarás totalmente protegido ante cualquier situación que pudiera poner en riesgo tanto tu seguridad como la de tus bienes personales.
El pago del seguro de inquilinos corre a cuenta del propio inquilino, a no ser que fuera el propio propietario el que decidiera contratar este tipo de seguro. Una situación cada vez más habitual entre cuando la vivienda no cuenta con un seguro de hogar.
No, como arrendatario no necesitas autorización del propietario para contratar el seguro de hogar para inquilinos, ya que el inquilino es el tomador del seguro y por tanto, el que disfrutará de las diferentes coberturas que contrate y que correrán a su cuenta.
Equipo NEGOCIO
Grupo Cajamar
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