Servicio de Atención al Cliente de Cajamar Vida
En Cajamar Vida, S.A. ponemos a su disposición nuestro Servicio de Atención al Cliente, destinado a atender y gestionar cualquier queja o reclamación relacionada con la contratación, el cobro de pólizas, el seguimiento de siniestros o cualquier otra cuestión que afecte a sus intereses y a los derechos que le son legalmente reconocidos.
Nuestro compromiso es ofrecerle una atención eficiente, personalizada y proporcionarles una respuesta ágil y adecuada a sus necesidades.
El Servicio de Atención al Cliente se rige por lo dispuesto en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, por la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, así como por el resto de normativa aplicable en materia de protección del cliente de servicios financieros y por el reglamento interno aprobado por la Entidad que se crea al amparo de dicha normativa.
El Reglamento para la Defensa del Cliente regula el procedimiento de presentación, tramitación y resolución de las quejas y reclamaciones presentadas ante la Entidad. Puede consultarlo y descargarlo en los siguientes idiomas:
Pueden dirigirse a este Servicio todas las personas físicas o jurídicas en su condición de:
Siempre que la reclamación se refiera a derechos e intereses legítimamente reconocidos derivados de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros.
Las quejas y reclamaciones deberán formularse mediante escrito dirigido al Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, en soporte papel o mediante medios electrónicos, a través de cualquiera de los siguientes canales:
Servicio de Atención al Cliente de Cajamar Vida, S.A.
Plaza Manuel Gómez-Moreno, 5 · Planta 8ª
28020 Madrid
En cualquiera de las oficinas de Cajamar Caja Rural abiertas al público, donde se encargarán de dar traslado de su queja o reclamación a nuestro Servicio de Atención al Cliente para su correspondiente tramitación.
El horario de este Servicio para la presentación de quejas o reclamaciones es de 24 horas, por lo que el cómputo de los plazos se iniciará desde el momento de recepción de la notificación, incluidos sábados, domingos y días festivos.
Una vez recibida su queja o reclamación, se comprobará que cumple los requisitos necesarios para su admisión a trámite. En ese momento, se le remitirá un acuse de recibo con la referencia identificativa del expediente.
Admitida a trámite, el Servicio de Atención al Cliente analizará los hechos y realizará las actuaciones necesarias para su investigación. Finalizado el análisis, se emitirá una resolución motivada que será comunicada por el mismo canal utilizado para la presentación de la reclamación.
El plazo máximo para resolver las quejas y reclamaciones es de un mes desde la fecha de su presentación. Si transcurrido dicho plazo no hubiera recibido respuesta, si la reclamación hubiera sido desestimada o si no hubiera sido admitida a trámite, podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a través de su página web o en sus oficinas situadas en Paseo de la Castellana, 44, 28046 Madrid.
Asimismo, la Entidad pone a disposición de sus clientes formularios normalizados para la presentación de quejas y reclamaciones, en los que se informa del procedimiento de tramitación de los expedientes, facilitando así la formulación y gestión de las mismas.
El objetivo de nuestro Servicio de Atención al Cliente es ofrecer una atención accesible, clara y comprensible a las personas que, por sus circunstancias, puedan requerir una atención específica.
A tal efecto, se tendrán en cuenta las circunstancias individuales de cada reclamante, con el fin de proporcionar una atención adecuada, inclusiva y adaptada a sus necesidades.